Límite de Deducciones para empleados por servicios
Declarar INEXEQUIBLE la expresión “Estos contribuyentes no podrán solicitar el reconocimiento fiscal de costos y gastos distintos de los permitidos a los trabajadores asalariados involucrados en la prestación de servicios personales o de la realización de actividades económicas por cuenta y riesgo del contratante” contenida en el parágrafo 4º del artículo 206 del Estatuto Tributario, tal como fue modificado por el artículo 26 de la Ley 1739 de 2014.
Condiciones especiales de pago podrian ser adoptadas por el Servicio Nacional de Aprendizaje (Sena)
al hacer una lectura del artículo 57 de la ley 1739 de 2014, en el primer fragmento del artículo se estipula como Sujeto Activo de las obligaciones sometidas a las condiciones especiales de pago, a LAS ENTIDADES CON FACULTADES PARA RECAUDAR RENTAS, TASAS, CONTRIBUCIONES O SANCIONES DEL NIVEL NACIONAL, lo que permite deducir que la intención del legislador no fue restringir los beneficios tributarios exclusivamente a las obligaciones donde la DIAN fuera la entidad acreedora.
Exención impuesto de renta establecimiento que ofrece servicios turísticos de alojamiento y hospedaje inferior a 30 días
Las rentas provenientes de los servicios hoteleros prestados en hoteles que se remodelen y/o amplíen entre el 1° de enero del año 2003 y el 31 de diciembre del año 2017, obtenidas por el establecimiento hotelero o por el operador, estarán exentas del impuesto sobre la renta por un término de treinta (30) años contados a partir del año gravable en que se inicien las operaciones de prestación de servicios en el área remodelada o ampliada.
Tarifa de retención en servicios de salud ocupacional
Los servicios de salud ocupacional que involucra servicios de examen médico ocupacional, optometrías, audiometrías, electrocardiograma y glicemia, no conlleva la aplicación de la tarifa de retención del 2%, sino la correspondiente al concepto del pago o abono en cuenta, que corresponda a cada uno de los servicios prestados.
Tratamiento impositivo para ciudadanos colombianos que obtienen ganancias a través de un broker financiero
Las ganancias por inversión de recursos en el exterior por parte de personas naturales no residentes en el país no se encuentran gravadas con el impuesto sobre la renta y complementarios al no tratarse de ingresos de fuente nacional, ya sea que se depositen en cuentas bancarias colombianas o en cuentas bancarias extranjeras. Sólo los valores consignados en cuentas bancarias nacionales, harían parte de la base gravable del impuesto al patrimonio.
Pagos a miembros de junta directiva
Toda vez que el pago de honorarios a los miembros de la junta directiva surge precisamente como contraprestación por los servicios que aquellos suministran a la sociedad, es palmario que su clasificación tributaria para efectos del impuesto sobre la renta y complementarios corresponde a la de empleado en las condiciones previstas por la norma reseñada.
Inclusión de utilidades y pérdidas de las fiduciarias
Las utilidades o pérdidas obtenidas en los fideicomisos deberán ser incluidas en las declaraciones de renta de los beneficiarios, en el mismo año gravable en que se causan a favor o en contra del patrimonio autónomo, conservando el carácter de gravables o no gravables, deducibles o no deducibles, y el mismo concepto y condiciones tributarias que tendrían si fueren percibidas directamente por el beneficiario.
Plan estratégico de seguridad vial
Toda entidad, organización o empresa del sector público o privado que para cumplir sus fines misionales o en el desarrollo de sus actividades posea, fabrique, ensamble, comercialice, contrate, o administre flotas de vehículos automotores o no automotores superiores a diez (10) unidades, o contrate o administre personal de conductores, deberá diseñar el Plan Estratégico de Seguridad Vial.
Retención en el impuesto sobre la renta Personas naturales extranjeras
Todo trabajador migratorio con ‘empleo concreto’ que haya sido desplazado para la realización del respectivo trabajo a Colombia, estará sujeto por el término del mismo en proporción a los ingresos percibidos en su estancia en el país, al igual que los nacionales residentes, a las exenciones, tarifas, retenciones y obligaciones en el impuesto sobre la renta.
Tratamiento impuesto sobre las ventas sobre compras a no responsables del IVA
Son responsables del impuesto sobre las ventas los responsables del régimen común cuando realicen compras o adquieran servicios gravados de personas pertenecientes al régimen simplificado, por el valor del impuesto retenido sobre dichas transacciones. Porcentaje de Retención de IVA actual es del 15%.
Retiro de inventarios se debe facturar al valor comercial
Los retiros de bienes corporales muebles del inventario hechos por el responsable para su uso o para formar parte de los activos fijos de la empresa, constituyen hecho generador del Impuesto sobre las ventas y este no puede ser tratado como descontable considerando que cuando los bienes se compraron inicialmente, se descontó el IVA”.
Vence plazo de implementación del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el trabajo
El decreto 1443 de julio 31 de 2014 del Ministerio de Trabajo, estableció la obligación de implementar el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST). El incumplimiento a esta obligación será sancionado con multas mensuales consecutivas hasta por 500 salarios mínimos legales mensuales.
Normalización tributaria solo trae beneficios para renta y complementarios y CREE
La Normalización Tributaria solo trae beneficios en lo relativo al Impuesto sobre la Renta y Complementarios, y para el Impuesto sobre la Renta para la Equidad (CREE), pero no para los demás impuestos, ni a las obligaciones que están a cargo de los contribuyentes. se deben ajustar los demás denuncios tributarios a que haya lugar, en los casos en que se opte por el Impuesto de Normalización Tributaria.
Tarifa de retención aplicable a los servicios de atención integral en salud a domicilio
Los servicios integrales de salud que involucran servicios calificados y no calificados, prestados a un usuario por Instituciones Prestadoras de Salud (IPS), que comprenden hospitalización, radiología, medicamentos, exámenes y análisis de laboratorios clínicos, estarán sometidos a la tarifa del dos por ciento (2%).
Alcance concepto unificado 027030 del 29 de septiembre de 2015 – Exención del impuesto sobre las ventas en zona de Emergencia económica
Con el ánimo de aclarar el régimen tributario que se aplicaría a los distintos supuestos que se podrían presentar en la venta de los bienes o productos dentro de la zona declarada en Estado de Emergencia, se procede a detallar uno a uno las diferentes operaciones que podrían darse y el marco jurídico en lo que respecta al régimen exceptivo del Decreto-ley 1818 del año 2015:
Deducción por Inversiones en el medio ambiente
El artículo 158-2 del Estatuto Tributario, establece que no podrán deducirse el valor de las inversiones realizadas por mandato de una autoridad ambiental para mitigar el impacto ambiental producido por la obra o actividad objeto de una licencia ambiental, previsión reglamentada a través del Decreto 3172 de 2003 en su artículo 4º.
Tenencia mínima de acciones en escisión reorganizativa
Si la escisión reorganizativa es parcial, lo que supone que la sociedad escindente permanece con parte de las acciones, cuotas o participaciones, la restricción temporal en el sentido de mantenerse por dos años siguientes a la escisión no se hace extensiva a las acciones, cuotas o participaciones que los socios mantienen en esta.
Retención en la fuente sobre cesantías e intereses cesantías ?
Tanto los artículos 2° y 6° del Decreto 1070 de 2013, como el artículo 3° del Decreto 0099 de 2013, establecen de manera expresa los valores que se pueden detraer para determinar la base de retención en la fuente, sin que en las dos últimas disposiciones se incluyan el auxilio de cesantía y los intereses sobre cesantías.
Impuesto CREE sociedades en reorganización
Las sociedades en liquidación judicial de que trata la Ley 1116 de 2006, no están excluidas como sujetos pasivos del Impuesto sobre la Renta para la Equidad (CREE), circunstancia que obliga a este tipo de sociedades a cumplir la obligación formal de presentar la declaración anual del Impuesto sobre la Renta para la Equidad (CREE)
Aplicación NIIF y Normas de Aseguramiento – Circular 100-00005 Supersociedades
La presente guía técnica, se expide con miras a facilitar la correcta aplicación de la regulación vigente, en materia de contabilidad, de información financiera y de aseguramiento de la información, con base en las nuevas normas contables expedidas bajo Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) y las normas de aseguramiento.
Subcapitalización
Los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios sólo podrán deducir los intereses generados con ocasión de deudas, cuyo monto total promedio durante el correspondiente año gravable no exceda el resultado de multiplicar por tres (3) el patrimonio líquido del contribuyente determinado a 31 de diciembre del año gravable inmediatamente anterior.
Viáticos – Gastos de Representación – Auxilio de Rodamiento
Los viáticos permanentes constituyen salario en aquella parte destinada a proporcionar al trabajador manutención y alojamiento; pero no en lo que sólo tenga por finalidad proporcionar los medios de transporte o los gastos de representación. Si no se específica el valor de cada uno de los conceptos de los viáticos, según sentencia C-081 del 29 de febrero de 1996 de la Corte Constitucional, el total de los viáticos será considerado como factor salarial.
Vencimientos Declaración Activos en el Exterior
Las Personas Naturales Residentes en Colombia para efectos tributarios, así como a las Sociedades o Entidades consideradas como Nacionales para efectos tributarios y que poseían activos a 1° de enero de 2015 en el exterior, que deberán presentar la Declaración Anual de Activos en el Exterior – Formulario 160.

